¿Se puede hacer un seguro de hogar sin ser el propietario?
Quizás alguna vez te hayas preguntado si puedes hacer un seguro de hogar sin ser tú el propietario. Esta es una situación que se suele dar muy a menudo, principalmente cuando eres el inquilino de una casa, es decir, cuando vives de alquiler. También puede darse en otros casos, desde luego, pero son bastante minoritarios.
Sea cual sea tu situación, a continuación vamos a dilucidar si es posible y/o recomendable contratar un seguro de hogar sin ser el dueño.
¿Se puede asegurar una vivienda sin ser el propietario?
Como decíamos antes, la situación en la que es más habitual este tipo de cuestiones es en viviendas de alquiler. Si tú eres la persona que está alquilando la vivienda, es natural que te asalte la duda de si puedes hacer un seguro de hogar sin ser el propietario.
La realidad es que, si eres arrendatario, no sólo puedes asegurar la vivienda, sino que sería altamente conveniente que lo hicieras.
¿Por qué? Muy sencillo.
Quizás pienses que es el propietario de la vivienda el responsable de asegurarla, pero esto no es así. O no del todo. Verás, el seguro de hogar no es un seguro obligatorio como lo puede ser el seguro de automóvil. En realidad, lo único que sí debe contratar el propietario es un seguro contra incendios para proteger el continente. Eso es todo. El resto es totalmente opcional.
Tan sólo en el caso de aquellos propietarios que contraten una hipoteca, están obligados a contratar también un seguro de hogar ligado a ésta. Y eso a ti, como inquilino, te importa poco o nada.
Por lo tanto, la realidad más probable es que el seguro de hogar que tenga el propietario de la vivienda sólo cubra lo mínimo o muy poco más. Así que vas a ser tú, como inquilino, quien se tenga que ocupar del resto si quieres proteger tus pertenencias.
Tomador del seguro diferente del propietario
A la vista de todo lo anterior, es evidente que no necesitas ser el propietario de una vivienda para ser el tomador del seguro de hogar.
Tener tu propio seguro de hogar como inquilino puede que no sea obligatorio, pero sí altamente recomendable. ¿Por qué? Pues, básicamente, porque si el arrendador sólo tiene la póliza obligatoria y ocurre cualquier tipo de siniestro en tu casa, el seguro no va responder.
Para empezar, en caso de robo, inundación o incendio, tus pertenencias no estarán cubiertas en ningún caso. Recuerda que el seguro obligatorio del propietario sólo cubre los daños por fuego al continente, o sea, la estructura del edificio y poco más. Todo lo que se queme y sea tuyo quedará fuera de cualquier indemnización.
¿Puedo asegurar una casa que no es mía?
Por supuesto, eres totalmente libre de asegurar una vivienda que no es tuya. Como ya hemos visto, no sólo puedes, sino que debes.
De acuerdo, nada te obliga a hacerlo, pero al carecer de seguro de hogar, cualquier siniestro que se produzca en tu casa te producirá un agujero en el bolsillo. Y lo peor es que algunos sucesos podrían tener un coste de reparación muy elevado.
Lo primero que deberías hacer es comprobar con el propietario de la vivienda qué es lo que él tiene contratado y lo que no. Si se trata de lo básico (incendio), puede que incluso la cobertura esté transferida al seguro de la comunidad de vecinos.
Una vez hecho esto, ya sabrás qué coberturas debes contratar tú en el seguro de hogar para cubrir tus intereses. Cuando lo hayas contratado, simplemente tendrás que comportarte igual que si la propiedad fuera tuya, evitando que te ocurra que el seguro no te renueve.
¿Quién es el beneficiario de un seguro de hogar?
En todo seguro hay tres figuras principales: tomador, asegurado y beneficiario. Por resumirlo, el tomador es quien paga el seguro, el asegurado es la persona protegida por una determinada cobertura, y el beneficiario, quien recibe la indemnización por un siniestro.
En un seguro de hogar, lo más habitual es que las tres figuras las represente el propietario de la vivienda, pero no tiene por qué ser así. De hecho, podrían ser tres personas distintas.
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